El Fondo De Desarrollo Del Transporte Terrestre, FONDET, fue creado por el Excelentísimo Señor Presidente de la República, el Dr. Leonel Fernández Reyna, a través del Decreto No. 250-07, de fecha cuatro (4) de mayo del año dos mil siete (2007).

El mismo forma parte del proceso de reorganización institucional del sector transporte asumido por el referido gobierno.  El FONDET, fue creado en busca de procurar el mejoramiento continuo de este servicio, a través de la creación de un fondo que contribuya a la solución de los problemas y necesidades inherentes a dicho sector y que al mismo tiempo facilite la modernización del mismo.

Siendo de público conocimiento el estado de deterioro y estancamiento en el que se encontraba tan preciado servicio en la República Dominicana, se crea el Fondo de Desarrollo y Financiamiento para el transporte terrestre, con el objetivo de administrar los recursos financieros requeridos para implantar los principales proyectos de desarrollo para el indicado sector. 

Además de administrar los activos, pasivos, contratos y obligaciones pertenecientes al anterior Consejo Nacional del Plan Renove, la institución, tiene otras atribuciones dentro de las que se encuentran:

A) Ejecutar los estudios, proyectos y obras establecidas en los diferentes programas aprobados por el Consejo Directivo del Fondo.

B) Prestar asistencia técnica especializada a las instituciones gubernamentales en las áreas de su competencia y promover el fortalecimiento institucional, la capacitación y educación en el área de programas, proyectos y obras para el transporte terrestre, en coordinación con la Dirección General de Transito Terrestre, la Autoridad Metropolitana de Transporte, la Oficina Técnica de Transporte Terrestre y el Consejo de Administración y Regulación de Taxis.

C) Fomentar el desarrollo y ejecución de técnicas, metodologías, sistemas y procesos para el fortalecimiento institucional que sustenten la racionalización de las investigaciones y gastos del estado en materia de transporte terrestre de pasajeros y de carga.

D) Elaborar bases de datos para el registro nacional de flotas de vehículos de transporte público y de carga, y cualquiera otra que sea necesaria para la mejor organización y ejecución de los programas a su cargo, con el apoyo de las demás entidades del sector transporte terrestre.

E) Rendir cuentas a la OPRET sobre la ejecución física y presupuestaria de los programas.

El FONDET, velará que los recursos destinados al desarrollo de este sector sean utilizados exclusivamente en beneficio de los usuarios del transporte y la estabilidad funcional de este servicio.

La creación de esta institución del estado viene además a resolver la necesidad establecida en el anteproyecto del nuevo Código de Transito y Transporte Terrestre preparado por la OPRET, el cual establece que el sector transporte necesita contar con fondos propios para el financiamiento de los principales programas de modernización del sector, los cuales serian manejados por esta institución.

El antes citado anteproyecto, actualiza y hace mas completa la actual ley No. 241, que se refiere primordialmente a tránsito.   


 
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