

La Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificaciones de la Ley 449-06, y su Reglamento No. 490-07, tienen por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse, por lo que el Sistema de Contratación Pública está integrado por estos principios, normas, órganos y procesos que rigen y son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones, así como sus modalidades de aplicación en cada caso.
El Fondo De Desarrollo Del Transporte Terrestre (FONDET), como institución del estado, administradora de Fondos Públicos y requirente de Bienes y Servicios, también está sujeta a regirse por los procedimientos que a tales fines están establecidos en las antes citadas leyes y su reglamento.
Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios. (Art. 17 Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones):
|
OBRAS |
BIENES |
SERVICIOS |
|
0.00060 |
0.000020 |
0.000020 |
|
0.00025 |
0.000008 |
0.000008 |
|
0.00015 |
No aplica |
No aplica |
|
0.00004 |
0.000015 |
0.000015 |
|
No aplica |
0.000002 |
0.000002 |
La Dirección General de Contrataciones Públicas, la cual es dependencia de la Secretaria de Estado de Haciendas, es el órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones de la República Dominicana, y dentro de sus atribuciones esta la de actualizar los umbrales topes, expuestos en esta tabla conforme al nuevo presupuesto de cada año, en tal virtud y según la Resolución No. 1-08 emitida por esta entidad los montos correspondientes al presente año 2008 son los siguientes:
Presupuesto 2010 |
OBRAS |
BIENES |
SERVICIOS |
|
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|
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155,599,679 |
2,540,364 |
2,540,364 |
|
64,733,199 |
2,071,462 |
2,071,462 |
|
38,839,920 |
No aplica |
No aplica |
|
10,357,312 |
388,399 |
388,399 |
|
No aplica |
51,787 |
51,787 |
No obstante el procedimiento descrito en el Art. 43 inciso 5 del Reglamento 490-07 de la ley No. 340-06 de compras y contrataciones, relativo a “COMPRAS MENORES QUE ESTÉN POR DEBAJO DEL UMBRAL MÍNIMO ESTABLECIDO” la Comisión de Aprovisionamiento del Gobierno en fecha 21 de febrero del 2007 emitió la Resolución No. 4-07, la cual cita lo ya establecido en el mencionado reglamento, además de hacer ciertas recomendaciones a tomar en consideración. ▲Volver arriba


Para un Proveedor caer dentro de la categoría de proveedores calificados en el FONDET debe presentar los requisitos siguientes:
- Registro nacional de contribuyente (RNC).
- Registro de Proveedores del Estado (RNP).
- Factura con Comprobante Fiscal.






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